Ir al contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DS 3 de 1984 Minsal, artículo 9

Texto

    Artículo 9°.- En el caso de los formularios de
licencias médicas en papel según lo dispuesto en el inciso
segundo del artículo 5°, las Compin, excepcionalmente,
proporcionarán talonarios de formularios de licencias
médicas, previo pago de su costo, a los profesionales
facultados para certificarlas en el libre ejercicio de su
profesión y a las oficinas o Servicios de Bienestar,
organismos administradores del Seguro de la Ley N° 16.744 y
otros organismos y entidades públicas y privadas en que
dichos profesionales actúen como funcionarios en la
atención de trabajadores.
    En el caso de los formularios de licencias médicas en
papel, las Compin llevarán un registro de los formularios
de licencia proporcionados a cada profesional o entidad
indicados en el inciso anterior. Para obtener nuevos
formularios, tanto el profesional como el representante del
respectivo organismo o entidad, devolverán al Compin los
talonarios ya utilizados.
    En caso de extravío de formularios o parte de ellos, el
profesional o representante del organismo o entidad
correspondiente, dará cuenta a la brevedad posible de este
hecho, por escrito, a la Compin que lo haya proporcionado.

Boletín SUSESO (1)

Cambios en el otorgamiento y en la tramitación de Licencias Médicas, a contar del 1º de enero de 2021

Enero

La tramitación de las licencias médicas a partir del primero del 1º de enero del 2021, tiene cambios importantes que queremos compartir con ustedes. Ellos se refieren al documento licencia médica, actualmente en papel o documento electrónico, o la forma cómo se cuentan los plazos de presentación de las licencias médicas de los trabajadores, ya sea dependientes o independientes, trabajen en el sector privado o en el sector público. Estos cambios, también consideran la situación de la licencia médica por enfermedad grave de niño menor de un año y quienes están haciendo uso del permiso postnatal parental en media jornada. Finalmente, también han variado las reglas necesarias para la tramitación y autorización de las licencias médicas y el pago de los subsidios por incapacidad laboral en la salud laboral.