decreto 3 de 2015 del ministerio del trabajo, artículo 9
Texto
Artículo 9º.- Los representantes de la entidad
empleadora ante el Comité Paritario de Empresas de
Muellaje, serán preferentemente las personas encargadas de
las operaciones en las respectivas faenas portuarias o
quienes los subroguen. Por cada miembro titular de la
empresa deberá designarse otro, en carácter de suplente.