ley 18.469, artículo 23
Texto
Artículo 23.- Los trabajadores regidos por el decreto
N° 2.200, de 1978, no podrán ser desahuciados en
conformidad con la letra f) del artículo 13, durante el
período que gocen de licencia por enfermedad.
Dictámenes relacionados (1)
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Legislación citada |
|---|---|---|---|---|
| 27/01/1987 | Dictamen 678-1987 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley 16.744ley 18.469, artículo 23 |