Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 3799

.

Fecha: 30 de noviembre de 2023

Materia: RÉGIMEN DE SUBSIDIO FAMILIAR. APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 4° BIS DE LA LEY N°18.020

Tema: SUBSIDIO FAMILIAR

Destinatario: Todas las Municipalidades; Instituto de Previsión Social; Subsecretaría de Previsión Social, Ministerio de Desarrollo Social y Familia

Observación: Vigencia a contar de la fecha de publicación. Sin perjuicio de lo anterior, el primer proceso de concesión automática del subsidio familiar ha iniciado en el mes de diciembre de 2023.

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: Leyes N°s 16.395 y 18.020; D.S. N°53, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,

Departamento(s): INTENDENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES - NORMATIVO

TítuloDetalle
Ley 18.469Ley 18.469
Ley 18.933Ley 18.933
Artículo 2Ley 16.395, artículo 2