Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 62636-2015

.

Fecha: 06 de octubre de 2015

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: PRESTACIONES ECONOMICAS Seguro Obligatorio de Accidentes Personales Ley N°16.744 Tramitación de licencias orden de reposo

Fuentes: Ley N° 16.744.

Concordancia con Circulares: Circular N° 2806, de 2012, de esta Superintendencia.


1.- Ese Servicio ha solicitado un pronunciamiento acerca de "los certificados de atención y reposo" que emite la mutualidad, ya que - según señala - no cuentan con la firma de médico cirujano, matrón o cirujano dentista, que son las personas habilitadas para firmar licencias médicas.

Expone que su criterio al respecto es que, "...al ser un documento que cumple similar función que la licencia médica, éste debería cumplir con los mismos requisitos. Apoya esta tesis, además de la función natural que ambos cumplen, el texto de la circular 2806, de fecha 23 de Enero de 2012, que trata de la misma forma a las licencias médicas y a las órdenes de reposo. En su punto 4.1 señala "se considerará como orden de reposo Ley N° 16.744 o Licencia médica, el documento extendido por el médico a cargo de la atención del trabajador...".

2.- Requerida la mutualidad mencionada, ha informado que en sus sistemas "...el reposo constituye una actividad vinculada sólo al perfil de los médicos, independientemente quien imprima el Certificado pertinente.". Señala que, en efecto, según lo comunicado por su Dirección de Seguridad y Salud, "...el proceso de emisión de este documento se inicia cuando el médico define el requerimiento en el formato de ficha clínica de la Institución, determinando de manera sucesiva el período de vigencia de la indicación de reposo. Posteriormente, el sistema identifica los datos ingresados y emite de manera automática los documentos a solicitud del ejecutivo encargado del egreso del paciente, momento en que dicho personal se dirige al profesional médico responsable y le solicita la firma del Certificado de Atención y Reposo Ley 16.744, haciéndole entrega de un ejemplar al trabajador de que se trata. Este documento, al salir del puesto de trabajo del médico queda bloqueado, sin posibilidad de edición de los datos que contiene, y al hacer su entrega en el momento del despacho del paciente, queda respaldado con una copia firmada.".

Hace presente, en todo caso, que, en atención a la observación formulada al respecto por ese Hospital, "...se han revisado y reforzado los procedimientos en esta materia, en orden a que es el médico que indica el reposo o en su defecto el médico responsable técnico del centro asistencial respectivo, el que debe firmar el documento de atención y reposo Ley Nro. 16.744.".

3.- Al respecto y con el mérito de lo señalado precedentemente, esta Superintendencia estima atendida la presentación efectuada por ese Hospital y tomada en consideración la inquietud planteada por Ud. sobre la materia de que se trata.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
31/10/2017Circular 3333Seguro laboral (Ley 16.744)INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744 Y EMPRESAS CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA. MÓDULO SIATEP DE SISESAT. COMPLEMENTA MODIFICA CIRCULARES N°s 2.582 DE 2009, 2.717 DE 2011 Y N°2.806 DE 2012.Leyes N°s 16.395 y 16.744; artículos 72, 73 y 74 del D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
27/07/2016Circular 3241Seguro laboral (Ley 16.744)INSTRUYE A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16.744, SOBRE EL PROTOCOLO DE NORMAS DE CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS ENFERMEDADES DENUNCIADAS COMO PROFESIONALES. REEMPLAZA Y DEROGA CIRCULAR N° 3167, DE 2015.Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 369, de 1985, del Ministerio de Salud; Resolución Exenta N° 268, del Ministerio de Salud.
07/04/2016Circular 3221Accidente de trayectoACCIDENTES DE TRAYECTO. MODIFICA, COMPLEMENTA Y REFUNDE INSTRUCCIONES. DEROGA CIRCULAR N° 3.154, DE 2015.Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20101; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
30/09/2015Circular 3154Accidente de trayectoACCIDENTES DE TRAYECTO. REFUNDE CIRCULARES N°S 1900, 2302 Y EL TITULO 5.1.3 DE LA CIRCULAR N° 2283, E IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20101; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
01/09/2015Circular 3146Seguro laboral (Ley 16.744)SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT). IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA REMISIÓN DE INFORMACIÓN ASOCIADA A LA RESOLUCIÓN. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA REMISIÓN DE INFORMACIÓN ASOCIADA A LA RESOLUCIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE (REIP) DE LA LEY N° 16.744. COMPLEMENTA CIRCULARES N° 2582, DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2009, N° 2717, DE 28 DE FEBRERO DE 2011, N° 2806, DE 23 DE ENERO DE 2012 Y N° 2928, DE 9 DE MAYO DE 2013.Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; Ley N° 19880; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
04/07/2013Circular 2939Seguro laboral (Ley 16.744)SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REMISIÓN DE INFORMACIÓN ASOCIADA A LOS ACCIDENTES LABORALES FATALES Y GRAVES.Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
23/01/2012Circular 2806Seguro laboral (Ley 16.744)SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT). COMPLEMENTA CIRCULARES N° 2.582, DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2009, Y Nº 2.717, DE 28 DE FEBRERO DE 2011. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REMISIÓN DE INFORMACIÓN ASOCIADA A LA ORDEN DE REPOSO MEDICO LEY N°16.744, CERTIFICADO DE ALTA LABORAL Y CERTIFICADO DE ALTA MÉDICA.Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
28/02/2011Circular 2717Seguro laboral (Ley 16.744)SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT). COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2582, DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2009 E IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REMISIÓN DE INFORMACIÓN ASOCIADA A LA RESOLUCIÓN DE CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES (RECA).Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
18/11/2009Circular 2582Seguro laboral (Ley 16.744)SISTEMA DE INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744.( SIATEP) Y NUEVOS FORMULARIOS DE DENUNCIA INDIVIDUAL DE ACCIDENTE DEL TRABAJO (DIAT) Y DENUNCIA INDIVIDUAL DE ENFERMEDAD PROFESIONAL (DIEP). IMPARTE INSTRUCCIONES.Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 81, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979; del Ministerio de Salud Pública; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
10/03/2006Circular 2283Seguro laboral (Ley 16.744)D.S. N° 101 Y D.S. N° 109, AMBOS DE 1968, DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL D.S. N° 73, DE 2005, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE DICHAS NORMAS.Ley N° 16744; Ley N° 19578 ;Ley N° 19937; Ley N° 19969; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 101, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 109, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979, del Ministerio de Salud Pública;D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
04/02/2014Dictamen 7650-2014Seguro laboral (Ley 16.744) - Calificación de enfermedadPlazo de prescripción de acciones para reclamar prestaciones por enfermedades profesionalesLey 16.744; D.S.101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744