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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1397-1985

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Fecha: 12 de febrero de 1985

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE

Fuentes: D.S. Nº 3, del Ministerio de Salud, de 1984; D.S. Nº 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.


Procede que el Servicio de Salud Metropolitano Oriente autorice y dé curso a las dos licencias médicas otorgadas al recurrente por el período comprendido entre el 1º de julio y el 31 de agosto de 1984, y que le fueron rechazadas por tratarse de una afección irrecuperable, ya que si bien a juicio del médico tratante las afecciones no eran recuperables, del Departamento Médico de esta Entidad Fiscalizadora, previo estudio de los antecedentes e informes médicos que registraba el recurrente en el Servicio de Salud Metropolitano Oriente, pudo establecer el carácter potencialmente recuperable de la patología que motivó la emisión de las licencias rechazadas

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
09/01/2013Dictamen 1397-2013Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Doce meses afiliación - Enfermedad común - Maternal - Requisitos - Trabajadores independientesDecreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud; Circular N° 1979, de 2002, de esta Superintendencia.
16/02/1989Dictamen 1397-1989Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; D.S. Nº 2.259, de 1931, del ex-Ministerio de Fomento; D.L. Nº 477, de 1932, del Ministerio de Fomento