Circular 2
Sobre aplicación del art. 25 del d.f.l. 31 que trata de la obligación que tienen las instituciones señaladas en el posponer recíprocamente sus hipotecas.
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Sobre aplicación del art. 25 del d.f.l. 31 que trata de la obligación que tienen las instituciones señaladas en el posponer recíprocamente sus hipotecas.
Fecha: 24 de agosto de 1953
Materia: Sobre Aplicación del Art. 25 del D.F.L. 31 que trata de la obligación que tienen las Instituciones Señaladas en el posponer recíprocamente sus Hipotecas.
Tema: VARIOS
Acción: Instruye
Vigencia: No Alterado
Fuentes: D.F.L. N° 31, artículo N° 25, de 1953, del Ministerio de Defensa Nacional.
Departamento(s): JURÍDICO