Fiscalización del procedimiento contenido en el inciso tercero del artículo 3° de la Ley 20585, referido a la revisión por parte de la COMPIN, respecto de los rechazos y reducciones de LM por parte de ISAPRE (Regiones).
El objetivo es verificar que las COMPIN regionales cumplan correctamente con el procedimiento establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.585, en relación con la revisión de los rechazos y reducciones de licencias médicas emitidas por las ISAPRES. Se busca asegurar que dichas revisiones se realicen dentro de los plazos establecidos, con fundamentos médicos y administrativos suficientes, resguardando el derecho de los trabajadores al acceso oportuno a los subsidios por incapacidad laboral.
Metodología general de la fiscalización
La metodología considera la revisión de expedientes de licencias médicas rechazadas o reducidas por las ISAPRES y posteriormente revisadas por las COMPIN regionales, verificando que los dictámenes se ajusten a la normativa y cuenten con respaldo técnico adecuado. Se analizan los plazos de tramitación, la trazabilidad de los procesos y la consistencia de los criterios médicos aplicados en la resolución, evaluando además si las COMPIN han implementado controles internos que garanticen objetividad y transparencia en sus decisiones.