SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. INSTRUCCIONES SISTEMA DE REPORTE WEB DE LA INFORMACIÓN SOLICITADA POR CIRCULAR N° 3.295.
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Fecha: 07 de abril de 2021
Materia: SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. INSTRUCCIONES SISTEMA DE REPORTE WEB DE LA INFORMACIÓN SOLICITADA POR CIRCULAR N° 3.295.
Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR
Destinatario: Servicios de Bienestar fiscalizados por esta Superintendencia
Observación: El sistema de reporte web esta disponible para el reporte de los archivos solicitados por Circular N° 3.295, confeccionados al 31 de marzo de 2021 a partir del 01 de abril de 2021. Para los reportes trimestrales posteriores, el sistema estará habilitado desde el primer día hábil del mes siguiente al que se refiere la información..
Acción: Instruye
Vigencia: No Alterado
Fuentes: 16.395; DS 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Departamento(s): INTENDENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES - NORMATIVO
Beneficio de bienestar social - Servicios de Bienestar
Ley Nº 16.395; Artículo 14, del D.S. Nº28,de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;D.S. Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud; D.S. Nº 104, de 18 de marzo de 2020 y D.S. N° 269, de 12 de junio de 2020, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública
Ley N° 16.395. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y Decreto N°4, de 05 de enero de 2020, del Ministerio de Salud que decreta Alerta Sanitaria.
Administración Servicios Dependientes - Servicios de Bienestar
Ley N° 16.395, artículo 24 y D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Ley N°18.834; artículo 13 de la Ley N° 20.956; Ley N° 19.553; D.S. N° 722, de 1955, del Ex- Ministerio de Salud Pública y Previsión Social