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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen O-01-S-01141-2023

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Fecha: 17 de octubre de 2023

Destinatario: SUPERINTENDENCIA DE SALUD

Observación: Licencia Médica. Término de alerta sanitaria. Informa instrucciones impartidas a las COMPIN, sobre la vigencia, en los términos que indica, del procedimiento de tramitación digitalizada de formularios de licencias médicas, de origen común o maternal, formato papel o mixto, para trabajadores afiliados al FONASA.

Descriptores: Licencia Médica; Tramitación Licencia Médica

Fuentes: Ley N°16.395; DS N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud

Departamento(s): INTENDENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES - NORMATIVO

Concordancia con Oficios: O-01-S-00856-2023; 1203-2020; 1433-2020

1. Mediante carta de antecedente, la ISAPRE ha solicitado un pronunciamiento a esta Superintendencia, respecto de la vigencia de las medidas especiales instruidas durante la Alerta Sanitaria por Covid-19, por medio del Dictamen N°1203-2020, para la tramitación de las licencias médicas en formato papel o híbrido, teniendo a la vista, que el 31 de agosto de 2023 se puso fin a la Alerta Sanitaria por Covid-19 en nuestro país.

2. Sobre la materia consultada, esta Superintendencia cumple con señalar que mediante Oficio N°1203, de 23 de marzo de 2020, se autorizó la tramitación digitalizada de formularios de licencias médicas en papel, de origen común o maternal, de trabajadores afiliados a FONASA, durante el período de vigencia de la Alerta Sanitaria por Covid-2019. Lo anterior, teniendo presente la necesidad de evitar que tanto trabajadores como empleadores se desplacen hasta las respectivas entidades previsionales.

3. Por su parte, mediante Oficio N°1433, de 21 de abril de 2020, esta Superintendencia, con el mismo objetivo ya señalado, autorizó a los trabajadores independientes para tramitar sus licencias médicas emitidas en formulario papel bajo un procedimiento especial.

4. Asimismo, vuestra Superintendencia, instruyó a las Instituciones de Salud Previsional, en términos similares a las reseñadas en los numerales 2 y 3 anteriores, por medio de Oficio Circular IF/12, de fecha 26 de marzo de 2020.

5. Por otra parte, con fecha 23 de marzo de 2023, se publicó en el Diario Oficial el Decreto N°10, del Ministerio de Salud, que prorrogó la vigencia del Decreto N°4, de 2020, del mismo Ministerio, que declaró el estado de alerta sanitaria en nuestro país, por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV). A lo anterior, cabe agregar que el artículo único N°12 del antes citado Decreto N°10, de 2023, modificó el artículo 10 del Decreto N°4, de 2020, estableciendo que los efectos del decreto tendrían vigencia hasta el 31 de agosto de 2023.

6. En virtud de lo anterior, esta Superintendencia, dentro de su ámbito de competencias, instruyó a las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez, por medio del Ord.: O-01-S-00856-2023, que una vez producido el término de la alerta sanitaria, establecida para el 31 de agosto del año en curso, el procedimiento de tramitación digitalizada de formularios de licencias médicas en formato papel e híbrida, contenidos en los citados Oficios N°s 1203, de 23 de marzo de 2020 y 1433, de 21 de abril de 2020, se mantendría vigente en forma transitoria hasta que dichas instituciones, implementen un sistema alternativo especial de tramitación, el que deberá ser aprobado previamente por esta Superintendencia.

7. Sin perjuicio de lo anterior, se debe tener presente que el procedimiento de tramitación digitalizada de formularios de licencias médicas en papel, establecido en los oficios ya señalados, no suprime la tramitación presencial de acuerdo a las normas de tramitación dispuestas en el D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud, por lo que las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez deberán implementar las medidas tendientes a absorber la demanda de tramitación presencial que se le presente.

8. En virtud de lo anterior, y considerando lo dispuesto en el artículo 45 del D.S. N 3, de 1984, del Ministerio de Salud, esta Superintendencia remite a esa Entidad la presentación efectuada por la Isapre., por tratarse de un asunto que se encuentra dentro de su ámbito de competencia.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
31/08/2023Dictamen O-01-S-00856-2023Licencias médicasLicencia Médica - Tramitación de licenciasLey N° 16.395, el D.F.L. N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, Ley N°21.133, de 2019, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social que incorpora a los trabajadores independientes a los regímenes de protección social. Decreto N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud. Decreto Supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
31/08/2023Dictamen O-01-S-00855-2023Ley SannaSeguro para el acompañamiento de niños y niñasLeyes 16.395 y 21.063
27/03/2023Dictamen 789-2023Licencias médicasLicencia Médica - Tramitación Licencia MédicaD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Decreto N°75, de 2022, del Ministerio de Salud.
30/09/2022Dictamen 3959-2022Licencias médicasLicencia Médica - Tramitación Licencia MédicaD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Decretos 4 de 2020 y 75, de 2022, ambos del Ministerio de Salud.
11/08/2022Dictamen 3300-2022Licencias médicasLicencia Médica - Tramitación licencias médicasD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Decreto N°52, de 2021, del Ministerio de Salud.
04/01/2022Dictamen 32-2022Licencias médicasLicencia Médica - Tramitación licencias médicasD.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Decreto N°52, de 2021, del Ministerio de Salud.
13/07/2020Dictamen 2231-2020Licencias médicasLicencia Médica - Tramitación licencias médicasLey N°16.395; Decretos N°s 3, de 1984 y 6, de 6 de marzo de 2020, ambos del Ministerio de Salud; D.F.L. 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Decreto N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud. D.S. N° 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, prorrogado por el D.S N°269, de 12 de junio de 2020, del citado Ministerio.
21/04/2020Dictamen 1433-2020Licencias médicasLicencia Médica - Tramitación de licenciasLey N° 16.395, el D.F.L. N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, Ley N°21.133, de 2019, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social que incorpora a los trabajadores independientes a los regímenes de protección social. Decreto N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud. Decreto Supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
13/04/2020Dictamen 1345-2020Licencias médicasLicencia Médica - Tramitación licencias médicasArtículo 27 de la Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.833; Artículo 10, de la Ley Nº 19.628
24/03/2020Dictamen 1205-2020Ley SannaSeguro para el acompañamiento de niños y niñasLeyes 16.395 y 21.063
23/03/2020Dictamen 789-2023Licencias médicasLicencia Médica - Tramitación licencias médicasLey N°16.395; Decretos N°s 3, de 1984 y 6, de 6 de marzo de 2020, ambos del Ministerio de Salud; Decreto N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud
23/03/2020Dictamen 1203-2020Licencias médicasLicencia Médica - Tramitación licencias médicasLey N°16.395; Decretos N°s 3, de 1984 y 6, de 6 de marzo de 2020, ambos del Ministerio de Salud; Decreto N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud
19/03/2020Dictamen 1164-2020Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Licencia Médica - Tramitación de licenciasLey N°16.395; Artículo 14 del D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Artículo 19 del Decretos N° 3, de 1984 y Decreto N° 6, de 6 de marzo de 2020, ambos del Ministerio de Salud.Decreto N° 04, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud que declaró alerta sanitaria por Covid-2019; Ley Nº 19.799; Ley Nº 21.133
TítuloDetalle
Artículo 27Ley 16.395, artículo 27