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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 21548-2003

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Fecha: 24 de junio de 2003

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud.


1.- Ud. ha recurrido a esta Superintendencia reclamando en contra de la resolución de la COMPIN del Servicio de Salud de su región, que le rechazó su licencia médica, por 12 días de reposo a contar del 15 de mayo de 2002, por incumplimiento del reposo.

2.- Requerida al efecto, la COMPIN de que se trata informó que le rechazó la licencia médica de que se trata extendida con el diagnóstico de lumbociatica aguda, ya que mientras hacía uso del reposo se confirmó su asistencia a clases como alumno regular de la carrera de Analista de Programación, del Instituto que señala.

Expresa que la situación fue denunciada por el empleador los días 17 de mayo y 14 de junio de 2002, lo que fue corroborado telefónicamente por la Comisión.

3.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que conforme a lo dispuesto por la letra a) del artículo 55 del D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, corresponderá el rechazo o la invalidación de una licencia médica ya concedida, cuando el trabajador incurra en incumplimiento del reposo indicado en la licencia médica; no se considerará incumplimiento la asistencia del trabajador a tratamientos ambulatorios prescritos por el profesional que extendió la licencia, situación que deberá ser acreditada.

En la especie, la COMPIN confirmó la denuncia efectuada por su empleador en orden a que Ud. estando con licencia médica asistía a clases como alumno regular de la carrera de analista de programación.

Por ende, esta Superintendencia rechaza su reclamación y confirma el rechazo de su licencia médica por 12 días de reposo a contar del 15 de mayo de 2002, por incumplimiento del reposo

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
02/04/2007Dictamen 21548-2007Licencias médicas D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud