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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 365-1988

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Fecha: 21 de enero de 1988

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: UN ORGANISMO DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA LEY N° 16.744

Fuentes: Ley Nº 16.744; D.S. Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


Ud. se ha dirigido a esta Superintendencia solicitando su autorización para actuar como empresa administradora delegada del seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que regula la ley N° 16.744. Expone al efecto, que cuenta con 5.500 funcionarios, su capital y reservas asciende a M$ 14.325.225 al 31 de diciembre de l986. y que las respectivas prestaciones médicas requeridas por los beneficiarios serían otorgadas en el hospital Clínico de ese centro universitario.

Sobre el particular, esta Superintendencia manifiesta que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 75 de la Ley N° 16.744 y 28 del D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, este Organismo podrá pronunciarse en definitiva sobre la delegación de facultades de que se trata una vez que emitan su opinión al respecto las entidades previsionales correspondientes, De tal manera, es necesario que esa Institución solicite por escrito directamente ante la Caja de Empleados Particulares y el Servicio de Seguro Social la delegación en comentario acompañan de los antecedentes comprobatorios del cumplimiento de los requisitos exigidos al efecto.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
04/01/2007Dictamen 365-2007Seguro laboral (Ley 16.744) Ley N° 16.744; D.S. N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744