Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2596-1981

.

Fecha: 20 de octubre de 1981

Tema: SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: Ley Nº 10.475

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. N° 343, de 1982


La pensión por invalidez dentro del régimen de la Caja de Empleados Particulares, podrá conceder imponentes que tengan tres años de imposiciones como mínimo y menos de sesenta y cinco años de edad. Se patrocina modificación legal con el objeto de suprimir el límite de edad para pensionarse por invalidez.
ANOTACIONES.
Ver oficio 343 16-2-1982, Modificado L. 18.048