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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1208-1980

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Fecha: 09 de abril de 1980

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: UNA EMPRESA

Fuentes: Ley Nº 16.744; D. Nº 101 , de 1968, Previsión


A petición de esa Empresa, declara que ella, desde 1968 ha tenido y tiene la calidad de administrador delegado del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, aún cuando no se cumplió estrictamente con el procedimiento establecido por el art. 9 transitorio del Decreto 101, de 1968, específicamente con el plazo que existía para que las empresas con autoseguro celebraran nuevos convenios con los organismos delegantes de la administración. Señala, detalladamente, las circunstancias en que esa Empresa llegó a tener la calidad que en este momento se certifica. Si esta empresa no ha constituído las garantías que establece la ley, los organismos delegantes deberán exigirlas.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
07/05/1979Dictamen 1208-1979Cajas de Compensación D.F.L. Nº 42, de 1978, Previsión