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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Sancion 83

Incumplimiento de instrucciones señaladas en el punto V.8. de la Circular 2821, de 2012, que establece la obligación para las CCAF de establecer políticas y procedimientos apropiados para evaluar, administrar y monitorear los procesos subcontratados, siendo la CCAF la responsable última de dichos procesos. La infracción de la norma citada se relaciona con el hecho de no haber realizado la Caja gestiones eficientes y útiles, que permitieran establecer un control efectivo sobre el proceso de cálculo y pago de comisiones a las empresas externas (dealers).

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