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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.610, artículo transitorio

Texto

     Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la presente ley durante el año 2012, se financiará con cargo al presupuesto vigente del Instituto de Previsión Social, y en lo que faltare con los recursos que se traspasen de la partida presupuestaria Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público.".