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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 653

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Fecha: 07 de marzo de 1979

Materia: IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE APLICACIÓN DEL D.L. N° 2.555 -2-MAR-1979- M. H .-D.O. 30.308-7-MAR-1979 Y SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 10 DE MARZO DE 1979 DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL D.L. N°670 -10-OCT-1974- M. T. Y P, S. (S.T:) -D.O. 28.967 -2-OCT-1974.

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR,VARIOS

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 2398, de 1978, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 2448, de 1979, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 2547, de 1979, del Ministerio de Defensa Nacional; D.L. N° 2555, de 1979, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464

Departamento(s): JURÍDICO - ACTUARIAL

Concordancia con Circulares: 442

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
14/10/1980Circular 714Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años)IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE DE 1980, DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL DL 670 DEL AÑO 1974, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 3001, de 1979, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 3360, de 1980, del Ministerio del Interior; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
10/04/1980Circular 701Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años)IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTES DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 01 DE ABRIL DE 1980, DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL DL 670.D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 3001, de 1979, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
07/12/1979Circular 683Asignación familiar - Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años)IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 1° DE DICIEMBRE DE 1979 DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL D.L. 670-10-OCT-1974- M. DEL T. y P.S. (S.P.S.)-D.O. 28.967-OCT-1974.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 2555, de 1979, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
11/07/1979Circular 667Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años)IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 10 DE JULIO DE 1979 DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL D.L. 670 -10-OCT-1974-M. T. Y P. S. (S.P.)- D.O. 28.967-2-OCT-1974.D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 2555, de 1979, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
11/12/1978Circular 633VariosIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 1° DE DICIEMBRE DE 1978 DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL D.L. 670·1°·OCT-1974-M. T. Y P.S.{S.T.)-D.O.28.967-2-OCT-1974.D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
05/07/1978Circular 614VariosIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 1° DE JULIO DE 1978 DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL D.L. 670-1°-OCT-1974- M. T. y P.S.(S.T.)-D,O.28.967 2-OCT-1974.D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
07/03/1978Circular 607VariosIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 1° DE MARZO DE 1978 DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL D.L. 670 -1°-OCT-1974-- M. T. Y P.S. (S.T.)- D.O. 28.967 -2-OCT-1974.D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D,L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N°869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
06/12/1977Circular 594VariosIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE EL REAJUSTE DE FENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 10 DE DICIEMBRE DE 1977 DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL D.L. 670 -10-OCT-1974- M. T. y P.S.(S.T.) D.O. 28.967-2-OCT-1974 Y EL OTORGAMIENTO DE LA BONIFICACIÓN ESPECIAL DE NAVIDAD DISPUESTA POR EL D.L. 2055-30-NOV-1977-M. DE H.-D.O. 29.927 -2-DIC-1977.D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974; del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1613, de 1976, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 2055, de 1977; del Ministerio de Hacienda; D.S. N° 1191, de 1977, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
05/07/1977Circular 583VariosIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 10 DE JULIO DE 1977 DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL D.L. 670 -10-OCT-1974- M. T. Y P. S.(S.T.)-D.O. 28.967-2-OCT-1974.D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
07/03/1977Circular 576VariosIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 1° DE MARZO DE 1977 DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL D.L. 670 -10-OCT-1974- M. DEL T. Y P. S. (S,T.) - D.O.28.967-2-OCT-1974.D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
09/03/1976Circular 527Asignación familiar - Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años)IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 1° DE MARZO DE 1976 DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL D.L. 670-1°-OCT-1974-M. DEL T. Y P.S. (S.T.)-D.O. 28.967-2-OCT-1974.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
16/12/1975Circular 520Asignación familiarIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA SUPLEMENTACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SOBRE INFORMACIÓN CONTABLE DE DICHO FONDO REFERENTE AL EJERCICIO DEL AÑO 1975.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 575, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 314, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 10662; Ley N° 16464
03/12/1975Circular 517Asignación familiar - VariosIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES PREVISIONALES QUE DEBE APLICARSE A PARTIR DEL 1° DE DICIEMBRE DE 1975 DE ACUERDO CON EL TÍTULO V DEL D.L. 67-1°-OCT.-1974- M. DEL T. Y P.S. (S.T.)- D.O. 28.967-2-OCT-1974 Y SOBRE CALENDARIO DE REAJUSTES PARA EL AÑO 1976.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 869; de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1275, de 1975, del Ministerio de Hacienda; D.S. N° 613, de 1975, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
04/09/1975Circular 500VariosIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE EL RÉGIMEN DE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES QUE DEBERÁ OPERAR DESDE EL 1° DE SEPTIEMBRE DE 1975, DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS N° 22 Y N° 32 Y EN EL TÍTULO V (ARTS. 70.o A72.o) DEL D.L. N° 670-1°-OCT-1974-M. DEL T. Y P.S.(S.T.)-D.O. 28.967-2-OCT-1974 MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 14° DEL D.L. N° 999-28-ABR-1975-M. DEL T. Y P. S. (S.T.)-D.O.29.139 -28-ABR-1975.D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, artículos N° 22 y N° 32, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 999, artículo N° 14 de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
15/05/1975Circular 485Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años)IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE EL RÉGIMEN DE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES QUE DEBERÁ OPERAR DESDE EL 1° DE JUNIO DE 1975, DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS N° 22 Y N° 32 Y EN EL TÍTULO V (ARTS. 70° A 72°) DEL D.L. N° 670- 1°-OCT-1974-M. DEL T. Y P.S. (S.T.)- D.O. 28.967- 2-OCT-1974.D.L. N° 869, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
14/02/1975Circular 475Pensiones asistenciales - PASIS (Subsidio al discapacitado mental menores de 18 años)IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE EL RÉGIMEN DE REAJUSTE DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES QUE DEBERÁ OPERAR DESDE EL 1° DE MARZO DE 1975, DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS N° 22 Y 32 Y EN EL TÍTULO V (ARTS. 70° A 72°) DEL D.L. N° 670- 1°-OCT-1974- M. DEL T. Y P.S.(S.T)- D.O. 28.967- 2-OCT-1974.D.L. N° 869, de 1976, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 10.662; Ley N° 15386; Ley N° 16.464
18/11/1974Circular 463VariosIMPARTE INSTRUCCIONES PARA EL PAGO DEL ANTICIPO DE REAJUSTES FUTUROS ESTABLECIDOS EN EL DL 750 SOBRE EL RÉGIMEN DE REAJUSTES DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES QUE DEBERÁ OPERAR DESDE EL 01 DE DICIEMBRE DE 1974 DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 32 Y EN EL TÍTULO V ( ART 70 - 72 ) DEL DL 670.D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 750, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, artículo N° 32, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
09/10/1974Circular 446VariosIMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS SOBRE REAJUSTE EXTRAORDINARIO DE PENSIONES, CONTENIDAS EN EL PÁRRAFO II SOBRE RELIQUIDACIÓN EXTRAORDINARIA DE PENSIONES CONTENIDAS EN EL PÁRRAFO III, AMBOS DEL TÍTULO III DEL DL 670.D.L. N° 255, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 550, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464
04/10/1974Circular 444VariosCOMPLEMENTA LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LA CIRCULAR 442 S.S.S.-2-OCT-1974 PARA LA APLICACIÓN DE NORMAS DE SEGURIDAD SOCIAL CONTENIDAS EN EL D.L. 670-1°-OCT-1974- M. DEL T. Y P.S.(S.T.) D.O. 28.967 -2-OCT-1974, QUE REAJUSTA SUELDOS Y PENSIONES, SOBRE MONTOS DE PENSIONES MÍNIMAS.D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
02/10/1974Circular 442VariosIMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE NORMAS SOBRE SEGURIDAD SOCIAL CONTENIDAS EN EL DL 670, QUE REAJUSTA SUELDOS Y PENSIONES.Ley N° 10662; Ley N° 15386; Ley N° 16464; Ley N° 17828; D.L. N° 255, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 307, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 314, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 361, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 446, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 479, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 550, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 534, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 627, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Legislación citada

DL 2555DL 670

Circulares citadas

653442

Vea además:

Circulares de SUSESOCircular 653