Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 1080

.

Fecha: 31 de marzo de 1988

Materia: SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES QUE OPERAN DIRECTAMENTE CON EL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA, EXCEPTUANDO CAJAS DE PREVISIÓN, CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR E INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, SOBRE EL PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 1988.

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: Instituciones Descentralizadas Servicios de Salud; Universidades e Institutos Profesionales; Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744; Administradoras de Fondos de Pensiones; Compañías de Seguros.

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 105, de 1987, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,

Departamento(s): ACTUARIAL

Concordancia con Circulares: 0755; 1039

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
26/05/1989Circular 1128Asignación familiarSISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES QUE OPERAN DIRECTAMENTE CON EL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA, EXCEPTUANDO LAS CAJAS DE PREVISIÓN, LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR Y EL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL, SOBRE EL PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 1989.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 123, de 1988, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
25/06/1987Circular 1039Asignación familiarSISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES QUE OPERAN DIRECTAMENTE CON EL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA, EXCEPTUANDO CAJAS DE PREVISIÓN Y CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR, SOBRE EL PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO DEL AÑO1987.D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 86, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
26/08/1981Circular 755VariosIMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY N° 18.020 PUBLICADA EL 17/08/1981, QUE SUSTITUYE LOS ARTÍCULOS 3 Y 4 DEL DL N° 603 DE 1974 DE 1974 - 0.0. DE lO-AGO-1974.Ley N° 18020, artículo N° 13; D.L. N° 603, artículo N° 3 y N° 4, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
14/02/1991Dictamen 1124-1991Cajas de Compensación D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social