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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2990-2020

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Fecha: 28 de septiembre de 2020

Destinatario: PARTICULAR

Observación: Aclara alcance del Oficio Nº 1629, de 11 de mayo de 2020, que imparte instrucciones relativas a la cobertura del seguro escolar respecto de los estudiantes del área de la salud que se encuentren realizando su práctica profesional u otras actividades académicas en centros de atención médica, y que resulten contagiados por COVID -19.

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Ley N° 16.744; Seguro Escolar; D.S. N°313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;

Fuentes: Leyes N°s 16.395 y 16.744; D.S. Nº 313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Departamento(s): INTENDENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - REGULACIÓN

Concordancia con Oficios: 1629-2020; 1958-2020

1.- Usted se ha dirigido a esta Superintendencia, mediante el Oficio individualizado en Antecedentes, solicitando que se indique si los estudiantes del área de la salud que realizan sus prácticas profesionales u otras actividades académicas en Centros Comunitarios de Salud Familiar (CECOSF) y Centros de Salud Familiar (CESFAM), gozan de la cobertura del Seguro Escolar.

Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con manifestar que mediante los Oficios Nºs 1629 y 1958, de 2020, este Servicio impartió instrucciones relativas a la cobertura del seguro escolar respecto de los estudiantes del área de la salud que se encuentren realizando su práctica profesional u otras actividades académicas en centros de atención médica, y que resulten contagiados por COVID-19.

Ahora bien, en relación a la consulta específica formulada por usted, cabe hacer presente que los referidos Oficios no distinguen el tipo de establecimiento de la salud en el que los estudiantes del área de la salud realicen su práctica profesional u otras actividades académicas, razón por la cual debe concluirse que dicha cobertura incluye a los Centros Comunitarios de Salud Familiar (CECOSF) y Centros de Salud Familiar (CESFAM).

2.- Lo anterior, es cuanto este Servicio puede informar sobre la consulta planteada por usted.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
03/06/2021Dictamen 2154-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Seguro Escolar - D.S. N°313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social - Ley N° 16.744Leyes N°s 16.395 y 16.744.
26/02/2021Dictamen 712-2021Seguro laboral (Ley 16.744)D.S. N°313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social - Seguro Escolar - Ley N° 16.744Leyes N°s 16.395 y 16.744; D.S. Nº313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
06/10/2020Dictamen 3094-2020Seguro escolarD.S. N°313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social - Seguro Escolar - Ley N° 16.744: Leyes N°s 15.076, 16.395 y 16.744; D.S. Nº 313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y D.S. Nº 507, de 1990, del Ministerio de Salud
10/06/2020Dictamen 1958-2020Seguro laboral (Ley 16.744)Ley N° 16.744 - Seguro Escolar - D.S. N°313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión SocialLeyes N°s 16.395 y 16.744; D.S. Nº 313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
11/05/2020Dictamen 1629-2020Seguro laboral (Ley 16.744)D.S. N°313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social - Seguro Escolar - Ley N° 16.744Ley Nº 16.395; Artículo 3, de la Ley Nº 16.744 Articulo 89, de la Ley Nº 20.255; D.S. Nª 313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
05/05/2020Dictamen 1568-2020Seguro laboral (Ley 16.744) - Trabajadores independientesLey N° 16.744 - Trabajadores independientesArtículo 30 de la Ley Nº 16.395; Artículos 88 y 89 de la Ley Nº 20.255; Ley Nº 16.744; Artículo 3 del D.S. Nº 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Artículos 42 Nº 2, 74, 84, 88, 89, del D.L. Nº 824 (Ley de la Renta)
TítuloDetalle
Ley 16.395Ley 16.395
Decreto 313 de 1972 del Ministerio del TrabajoDecreto 313 de 1972 del ministerio del trabajo
Ley 16.744Ley 16.744