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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 14354-2000

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Fecha: 27 de abril de 2000

Materia: SERVICIOS DE BIENESTAR

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: SUBSECRETARIA DE GUERRA

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Factura global con un listado de usuarios, o boleta personal, para bonificar prestaciones

Fuentes: Leyes Nºs. 11.764, artículo 134; 16.395, artículo 24; 17.538, artículo único; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.


1.- Mediante el ordinario de antecedentes, Ud. se dirigió a esta Superintendencia exponiendo que el Servicio de Bienestar de esa Subsecretaría subvenciona, entre otros, los gastos en que incurren los afiliados que se atienden en el Hospital Militar, pero éste ha adoptado una nueva modalidad de cobro, consistente en enviar una factura global, acompañada de un listado que especifica el nombre del usuario, la atención prestada y el respectivo valor.
En atención a lo anterior, consulta si ante la inexistencia de una boleta personal, procede conceder los referidos beneficios, con el solo respaldo de los listados que se adjuntarán a las aludidas facturas. Dado que el listado incluirá más de dos personas, por cada una de ellas será necesario fotocopiar dicho listado.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con manifestar a Ud. que el procedimiento propuesto por ese Bienestar, desde el punto de vista del control interno y de la fiscalización que debe hacer este Organismo se considera apropiado. Lo importante es que los egresos por beneficios estén debidamente respaldados y esto se puede lograr, entre otras medidas, con una fotocopia cotejada con su original por el funcionario autorizado para ello, la cual después debe inutilizarse mediante un timbre de "pagado"; o bien, haciendo referencia en cada egreso al comprobante que contiene el original. En todo caso, el control debe orientarse a evitar duplicidades.
Si los originales no quedan en el comprobante de egreso, estos documentos debieran mantenerse en un archivo especial, el cual deberá quedar a disposición de los fiscalizadores de esta Superintendencia.
Con lo expuesto, se estima atendida su presentación.