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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 3336

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Circular derogada por la Resolución N° 156, de 2018 / Incluida en el Compendio del Seguro de la Ley N° 16.744.

Fecha: 09 de noviembre de 2017

Materia: OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS DISPUESTAS POR EL ARTÍCULO N°76 DE LA LEY N° 16.744. INSTRUYE A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y LAS EMPRESAS CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA DE LA LEY N° 16.744. ACCIDENTES FATALES Y GRAVES. MODIFICA Y RECTIFICA LA CIRCULAR N°3.335 DE 2017

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744; Instituto de Seguridad Laboral; Empresas con Administración Delegada; Secretarias Regionales Ministeriales de Salud; Dirección del Trabajo. Con copia informativa: Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ministerio de Salud; Subsecretaría de Previsión Social; Subsecretaría de Salud Pública.

Acción: Complementa

Vigencia: No Alterado

Fuentes: Artículos 2° y 30 de la Ley N°16.395; artículo 76 de la Ley N°16.744; D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Concordancia con Circulares: CIRCULAR N°3.335 DE 2017

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
31/10/2017Circular 3335Seguro laboral (Ley 16.744)ADMINISTRACIÓN DELEGADA DE LA LEY N° 16.744. ACCIDENTES FATALES Y GRAVES. DEROGA Y REEMPLAZA LAS CIRCULARES N°s, 2.345 Y 2.378, DE 2007; 2.607 Y 2.611 DE 2010, Y EL N°5 DEL TÍTULO II DE LA CIRCULAR N°2.893, DE 2012.Artículos 2° y 30 de la Ley N°16.395; artículo 76 de la Ley N°16.744; D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
TítuloDetalle
Artículo 2Ley 16.395, artículo 2
Artículo 30Ley 16.395, artículo 30
Decreto 101 de 1968 del Ministerio del TrabajoDS 101 de 1968 Mintrab
Artículo 76Ley 16.744, artículo 76