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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 39430-2015

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Fecha: 23 de junio de 2015

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PARTICULAR

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Resolución Rechazo Causales De orden jurídico administrativo Incumplimiento del reposo

Fuentes: D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud


1.- Usted ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando en contra de la Subcomisión, por el rechazo de su licencia médica N°73, otorgada por 10 días a contar del 21 de julio de 2014, por incumplimiento de reposo.

2.- Requerida al efecto, la Subcomisión remitió los antecedentes que obraban en su poder.

3.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con manifestar que el artículo 55 letra a) del D.S. N°3, citado en fuentes, establece como causal de rechazo o invalidación de una licencia médica el incumplimiento del reposo prescrito, señalando que no se considerará incumplimiento la asistencia del trabajador a tratamientos ambulatorios prescritos por el profesional que extendió la licencia, situación que deberá ser comprobada.

En la especie, consta del acta de visita domiciliaria tenida a la vista que, con fecha 30 de julio de 2014, a las 14:00 horas, se efectuó la visita control en su domicilio, no siendo habida.

Al respecto, expone que el día de la visita domiciliaria se encontraba en un curso de capacitación previo a sus trámites de jubilación.

En relación con la explicación por Ud. formulada, cabe señalar que se trata de una situación no prevista, como justificación de interrupción de reposo, por el antes citado artículo 55 del D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud, motivo por el cual dicha interrupción debe ser considerada como un incumplimiento del mismo.

4.- En consecuencia, se confirma la Resolución dictada por la Subcomisión, en orden a rechazar su licencia médica N° 73, por la causal de incumplimiento de reposo.