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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 60734-2012

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Fecha: 25 de septiembre de 2012

Tema: CCAF

Destinatario: MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: CREDITO SOCIAL - tasa descuento


1.- Mediante oficio de antecedentes, esa Comisión Asesora Presidencial, remitió a esta Superintendencia el planteamiento de la interesada, en el cual la recurrente señala haber cancelado todos los créditos solicitados, por lo que no está de acuerdo con lo informado por la CCAF Los Héroes en su carta de fecha 6 de enero 2012.

2.- En respuesta a las solicitudes formulada por esta Superintendencia, mediante cartas de antecedentes, la CCAF Los Héroes y CCAF Los Andes han informado sobre la situación.

3.- Sobre el particular, esta Superintendencia manifiesta que ha revisado los antecedentes entregados por ambas Cajas, constatando lo siguiente:

a) La CCAF Los Héroes, le ha otorgado a la interesada el crédito actualmente vigente que indica, el 20 de julio del 2008, por la suma de $793.019, más gastos de otorgamiento por $59.588 ($400 por gastos notariales, $10.640 por impuesto a la ley de timbres y estampillas y $48.548 por seguro de desgravamen), más un seguro asistencial que usted contrató voluntariamente por $ 34.495, lo que suma un total entregado en préstamo de $887.102. Fue otorgado a una tasa de interés mensual de 2,70%, a pagar en 60 cuotas mensuales de $31.368 cada una. Con $690.019 se prepagó la deuda anterior que mantenía con la CCAF De Los Andes y $103.000 fueron entregados a la recurrente. Se adjunta fotocopias de certificado de deudas CCAF De Los Andes y Autorización y recibo Compra de Cartera.

b) La CCAF De Los Andes, le otorgó a la interesada crédito los cuales se encuentran pagados anticipadamente, reliquidándolos con créditos anteriores, en donde cada una de estas operaciones con parte del monto concedido pagaba el saldo del crédito anterior y la otra parte se giraba a su favor. El último crédito concedido por esta Caja es con fecha 25 de octubre 2006, por la cantidad $853.385 a pagar en 60 cuotas. De este crédito se pagaron por descuento de la pensión 19 cuotas, en tanto que las restante fueron pagadas anticipadamente con el crédito otorgado por la CCAF Los Héroes descrito en la letra a) anterior.

c) Respecto del número y monto de las cuotas de los créditos, son las que resultan al aplicar la fórmula financiera correspondiente, considerando el monto total prestado, la tasa de interés aplicada y los plazos convenidos.

d) En cuanto al interés aplicado, cabe señalar que de acuerdo a lo dispuesto en el D.S. N°91, de 1979, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, las Cajas de Compensación se encuentran facultadas para fijar sus propias tasas de interés, las cuales, en todo caso, deben ajustarse a las disposiciones establecidas en la Ley N°18.010, y a las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en cuanto a que dichas tasas no deben superar la Tasa de Interés Máxima Convencional fijada mensualmente por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

e) Revisados los créditos concedidos por las Cajas Los Héroes y De Los Andes, esta Superintendencia informa que su otorgamiento se ajusta a la normativa vigente, cuyas condiciones fueron aprobadas por lainteresada al momento de suscribir la solicitud de crédito y el pagaré, que se ha tenido a la vista, donde consta la firma e impresión dactilar en señal de conformidad. Se adjuntan fotocopias de documentos.

4.- Con lo anteriormente expuesto, esta Superintendencia estima atendida la presentación.

TítuloDetalle
Ley 18.010Ley 18.010