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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1083-2010

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Fecha: 07 de enero de 2010

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: PARTICULAR

Acción: Confirma

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Causante-

Fuentes: Ley N° 20.326; D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


1.- Usted se ha dirigido a esta Superintendencia, solicitando se regularice en el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión y Fiscalización de los Regímenes de Prestaciones Familiares y de Subsidio Familiar SIAGF, la fecha de reconocimiento de sus cargas familiares, quienes aparecen con fecha de reconocimiento el 01 de enero de 2009 y 01 de marzo de 2009, en circunstancias que el inicio de su relación laboral es del 14 de noviembre de 2007.
Agrega que este error de la Caja de Compensación de Asignación Familiar, ha impedido que sea beneficiario del Bono extraordinario contemplado en la Ley 20.326.

2.- Requerida para tal efecto, la Caja de Compensación de Asignación Familiar, informó que le registra a usted en la base de datos institucional, como beneficiario de asignación familiar con dos causantes debidamente acreditados a través de la empresa Prestaciones Administrativas.

Señala que de acuerdo a la normativa legal vigente e instrucciones impartidas por esta Superintendencia, esa Caja de Compensación no lo informó como beneficiario de Bono Ley N°20.326, ya que no lo registra con causantes acreditados en la fecha estipulada para impetrar dicho Bono.

Sostiene que respecto al Bono Ley N°20.360, esa Caja de Compensación lo informó como beneficiario por cumplir los requisitos estipulados para impetrar dicho Bono, según lo publicado en página del Instituto de Previsión Social el día 03 de agosto de 2009.
Agrega que en virtud de lo expuesto y con la finalidad de atender su reclamación y dado que usted regularizo con posterioridad la acreditación de sus causantes, esa Caja procedió a ingresar su reclamo y lo enviará en nómina correspondiente al mes de diciembre, como posible beneficiario de Bono Ley 20.326.

3.- En consecuencia y atendido lo informado por la Caja de Compensación de Asignación Familiar, esta Superintendencia estima debidamente atendido el reclamo que motivó su presentación, y aprueba lo informado por esa Caja

TítuloDetalle
Ley 20.360Ley 20.360
Ley 20.326Ley 20.326

Descriptores

Causante

Legislación citada

Ley 20.326Ley 20.360

Vea además:

Dictámenes SUSESO