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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 36882-2007

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Fecha: 08 de junio de 2007

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PRESIDENTE COMISION REGIONAL DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ MAGALLANES Y LA ANTARTICA CHILENA

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 16395


1.- La ISAPRE. ha interpuesto ante esta Superintendencia, un recurso de jerarquía en contra de las Resoluciones N°s 1373, 1374 y 1375, todas de fecha 31 de octubre de 2006, de esa COMPIN, que acogieron el reclamo de doña, autorizando las licencias médicas N°s 18701408, 18701441 y 17112699, emitidas por un total de 45 días, a contar de 10 de septiembre de 2006.

Requerida al efecto, esa COMPIN procedió a remitir los antecedentes que tuvo a la vista, para resolver ante el reclamo presentado por la señora.

2.- Esta Superintendencia estudió los antecedentes médicos, y con su mérito consideró injustificado el reposo prescrito, por cuanto no se acreditó incapacidad laboral durante las licencias reclamadas.

3.- En virtud de lo dispuesto en el D.S.N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud y en ejercicio de las facultades previstas en la Ley N° 16.395, esta Superintendencia acoge el recurso presentado por la ISAPRE, e instruye a esa COMPIN para que modifique las resoluciones reclamadas y proceda a confirmar lo resuelto por la ISAPRE respecto a licencias médicas individualizadas en este Oficio

TítuloDetalle
Ley 16.395Ley 16.395

Legislación citada

Ley 16.395

Vea además:

Dictámenes SUSESO