Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 19884-2007

.

Fecha: 29 de marzo de 2007

Tema: CCAF

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: Ley N° 16.395; Ley N° 18.010; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539


1.- Mediante presentación de antecedentes, Ud. se ha dirigido a la señora Presidenta de la República, solicitando su intervención en el problema que le aqueja que dice relación con un cobro excesivo de dinero por parte de la CCAF 18 de Septiembre, por una deuda que, a su juicio, está pagada. Adjunta fotocopias de boletas de pago y copias de cobranza de la Caja, donde se aprecia que su deuda no ha terminado pese a los pagos realizados, razón por la cual solicita una investigación.

2.- En respuesta a la solicitud formulada por esta Superintendencia, la CCAF 18 de Septiembre, mediante cartas de antecedentes, ha remitido un informe fundado respecto a este caso.

Sobre el particular, y de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista que respaldan dichas operaciones y sus condiciones, por cuanto, en ellos constan su firma e impresión dactilar, esta Superintendencia manifiesta a Usted lo siguiente:

a) La CCAF 18 de Septiembre le concedió a Usted el primer crédito N°510023508, el 5 de noviembre de 2003, por la cantidad de $475.705, más gastos de otorgamiento, ascendentes a $9.617, lo que suma un total entregado en préstamo de $485.322, con una tasa de interés mensual del 1,89%, a pagar en 36 cuotas de $19.000 cada una, de las cuales 13 se pagaron normalmente a través del descuento de su pensión. Las restantes cuotas impagas fueron refinanciadas en un segundo crédito.

b) El día 3 de diciembre de 2004, la CCAF 18 de Septiembre le concede un segundo crédito N°510033151, por la suma de $493.760, más gastos de otorgamiento, ascendentes a $9.959, lo que suma un total entregado en préstamo de $503.719, con una tasa de interés mensual del 1,64%, a pagar en 36 cuotas de $18.913 cada una. Con este nuevo crédito se refunde en uno solo el saldo pendiente del crédito anterior, ascendente a $351.760, con lo cual se dio por pagado dicho crédito, más un monto líquido entregado a Ud. en esa oportunidad de $142.000 ($ 351.760 + $ 142.000 + $9.959 = $503.719). Cabe señalar que de este préstamo se pagaron 3 cuotas de las 36 pactadas a través de descuento ordinario de su pensión, mientras el saldo adeudado fue refinanciado con una tercera operación de crédito.

c) El día 15 de marzo de 2005, la CCAF 18 de Septiembre le concede un tercer crédito N°510035594, por la suma de $534.324, más gastos de otorgamiento, ascendentes a $10.727, lo que suma un total entregado en préstamo de $545.051, con una tasa de interés mensual del 1,64%, a pagar en 36 cuotas de $20.332 cada una. Con este nuevo crédito se refunde en uno solo el saldo pendiente del crédito anterior ascendente a $479.036, con lo cual se dio por pagado dicho crédito, más un monto líquido entregado a Ud. en esa oportunidad de $55.288 ($ 479.036 + $ 55.288 + $10.727 = $545.051). Cabe señalar que de este préstamo se pagaron 5 cuotas de las 36 pactadas a través de descuento ordinario de su pensión, mientras el saldo adeudado fue refinanciado con una cuarta operación de crédito.

d) El día 17 de agosto de 2005, la CCAF 18 de Septiembre le concede un cuarto crédito N°510039592, por la suma de $551.014, más gastos de otorgamiento, ascendentes a $11.043, lo que suma un total entregado en préstamo de $562.057, con una tasa de interés mensual del 1,68%, a pagar en 36 cuotas de $21.086 cada una. Con este nuevo crédito se refunde en uno solo el saldo pendiente del crédito anterior ascendente a $491.014, con lo cual se dio por pagado dicho crédito, más un monto líquido entregado a Ud. en esa oportunidad de $60.000 ($ 491.014 + $ 60.000 + $11.043 = $562.057). Cabe señalar que de este préstamo se pagaron 4 cuotas de las 36 pactadas a través de descuento ordinario de su pensión, mientras el saldo adeudado fue refinanciado con una quinta operación de crédito.

e) El día 20 de diciembre de 2005, la CCAF 18 de Septiembre le concede un quinto crédito N°510043567, por la suma de $638.650, más gastos de otorgamiento, ascendentes a $12.702, lo que suma un total entregado en préstamo de $651.352, con una tasa de interés mensual del 1,68%, a pagar en 36 cuotas de $24.395 cada una. Con este nuevo crédito se refunde en uno solo el saldo pendiente del crédito anterior ascendente a $518.650, con lo cual se dio por pagado dicho crédito, más un monto líquido entregado a Ud. en esa oportunidad de $120.000 ($ 518.650 + $120.000 + $12.702 = $651.352). De este préstamo se han pagado 14 cuotas de las 36 pactadas a través de descuento ordinario de su pensión a marzo de 2007, y termina de pagar la última cuota en diciembre de 2008.

3.- Sobre el particular, esta Superintendencia informa a Usted que la presentación que remitiera a la señora Presidenta de la Republica, fue derivada a este Organismo Fiscalizador por ser materia de su competencia, quien ha revisado su situación, comprobando que solicitó cinco préstamos cuyos plazos de pago se encuentran claramente especificados en cada caso, según detalle previamente indicado en el punto 3. anterior, comprobándose que efectivamente debe pagar cuotas hasta diciembre de 2008, ya que el último crédito que se le otorgó el 20 de diciembre de 2005, lo pactó a 36 cuotas , y como la primera cuota la efectuó en enero de 2006, corresponde que su última cuota la pague en diciembre de 2008.

Cabe señalar que tanto el monto de las cuotas de los préstamos solicitados como el interés aplicado a cada crédito, se ajustaron a la normativa vigente.

4.- En consecuencia, y en mérito de lo expuesto, esta Superintendencia considera debidamente atendida su presentación.