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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 7361-2006

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Fecha: 13 de febrero de 2006

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: Ley Nº 16.744


Una trabajadora ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando porque la I. Municipalidad de Santiago no le habría reconocido el accidente laboral que sufriera el 20 de octubre de 2004 en la cancha de tiro del Parque O'Higgins al ser agredida por una perra de propiedad de la profesora de Tiro al Arco, cuyas secuelas le han afectado seriamente.

Requerida la Contraloría General de la República, organismo al cual también recurrió la interesada para dar cuenta del accidente sufrido, ésta ha remitido copia del Oficio 35013, de 28 de julio de 2005, que responde su reclamo, concluyendo, en síntesis, que dado que estaba contratada por intermedio de un Programa de Absorción de la cesantía, no existe vínculo laboral ni funcionario entre ésta y la Municipalidad citada.

Hace presente que la retribución económica que percibe por sus servicios voluntarios, no constituye remuneración o sueldo, sino solamente un subsidio que no es imponible, de manera que no le asiste otros derechos por las ausencias que registre en caso de enfermedad y que la certificación médica de su incapacidad temporal sirve para justificarla, pero la autoridad administrativa conserva la facultad de mantener vigente el contrato o proceder a su término.

Sobre el particular, esta Superintendencia manifiesta que el seguro social contra riesgos del trabajo contemplado en la Ley 16.744 se aplica a los trabajadores dependientes en general y, de acuerdo con lo resuelto por la Contraloría General de la República ante un reclamo de la recurrente frente a la I. Municipalidad de Santiago, no detentaba esa calidad por estar adscrita a un programa de absorción de la cesantía.

Por ello, aunque hubiere sufrido un accidente durante la prestación de sus servicios en el marco de dicho Programa, no procede otorgarle la cobertura de la citada ley, dado que no era trabajadora dependiente por inexistencia de vínculo laboral entre la recurrente y la entidad edilicia citada

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
22/07/1993Dictamen 7361-1993Seguro laboral (Ley 16.744) D.S. Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 16.744
22/09/1986Dictamen 7361-1986Asignación familiar Ley Nº 18.020, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744