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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 53517-2005

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Fecha: 02 de noviembre de 2005

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PRESIDENTE SUBCOMISIÓN ORIENTE - COMPIN REGIÓN METROPOLITANA

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 16744;


1.- Ha recurrido a esta Superintendencia el interesado , reclamando por cuanto esa Comisión rechazó su licencia médica emitida como tipo 5, por 12 días a contar de 09 de junio de 2005, con el diagnóstico de "Artrosis rodilla izquierda".

2.- Según consta al pie del documento, esa Comisión rechazó la licencia médica en cuestión por considerar el diagnóstico irrecuperable, considerando que, mediante Resolución N° 68/04, de 15 de julio de 2004, había dictaminado una incapacidad de 37.5% por secuela de accidente del trabajo, con diagnósticos de "Ruptura meniscal medial operada rodilla izquierda. Artrosis secundaria rodilla".

3.- Esta Superintendencia estudió los antecedentes, y con su mérito consideró justificado el reposo prescrito, por cuanto se acreditó incapacidad laboral temporal durante la licencia reclamada. En efecto, el cuadro presentado por el trabajador correspondió a una lesión reagudizada "Sinovitis de la rodilla", cuya sintomatología dolorosa fue superada con tratamiento y el reposo prescrito en la licencia cuestionada.

4.- En consecuencia y con el mérito de lo precedentemente expuesto, esta Superintendencia acoge la reclamación deducida e instruye a esa COMPIN a fin de que autorice la licencia médica individualizada en este Oficio