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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 48467-2005

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Fecha: 06 de octubre de 2005

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: COMPIN ANTOFAGASTA - II REGIÓN

Fuentes: Ley Nº 16.744; D.S. Nº 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Concordancia con Circulares: Circular Nº 1928, de 30 de agosto de 2001, de la Superintendencia de Seguridad Social


Una trabajadora recurrió a esta Superintendencia, reclamando contra esa COMPIN ya que, según expone, se ha negado a evaluar la eventual existencia de una enfermedad profesional derivada, de las labores realizadas, por espacio de 17 años - de 1978 a 1995 - en un Laboratorio, perteneciente a una empresa de químicos.; período en que habría estado expuesta al contacto con reactivos y otros residuos presentes en los frascos que debía limpiar.
Adjunta informe de examen radiológico y de espirometría, junto a un certificado de la referida empresa, en el que indica el período durante el cual prestó servicios y las labores realizadas.
Consultada al respecto, esa COMPIN informó, mediante el ordinario del antecedente, que la interesada no ha presentado antecedentes para su evaluación al amparo de la Ley N°16.744 y que encontrándose la empresa química afiliada a una Mutualidad, a esta última corresponde la evaluación de las enfermedades profesionales de sus afiliados.
Sobre el particular esta Superintendencia cumple con observar que de conformidad a los artículos 58 de la Ley N°16.744 y 4° del D.S. N°109, citado en fuentes, la declaración, evaluación, reevaluación y revisión de las incapacidades permanentes es de competencia de las COMPIN de los Servicios de Salud - entiéndase hoy dependientes de las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, en virtud del artículo 14-B de la Ley N°19.937, sobre Autoridad Sanitaria - con exclusión de aquéllas que deriven de accidentes del trabajo de afiliados a Mutualidades de Empleadores, en cuyo caso lo es de esas entidades.
Por tanto, en atención a esas normas, compete a esa Comisión evaluar y emitir un pronunciamiento sobre la eventual existencia de una enfermedad de origen profesional, para cuyo efecto deberá requerir a la interesada y al organismo administrador de la Ley N°16.744, correspondiente, todos los antecedentes médicos y laborales de que dispongan.
En el evento de resolver positivamente, junto con fijar el grado de incapacidad, deberá precisar la fecha en que se contrajo la enfermedad profesional, conforme se instruye en la Circular N°1928/2001 de esta Entidad.
De lo que esa COMPIN resuelva podrá reclamarse ante la Comisión Médica de Reclamos de la Ley N°16.744 (COMERE) y, posteriormente, del pronunciamiento de esta última, se podrá apelar ante esta Superintendencia, todo ello, de conformidad al artículo 77 del mismo cuerpo legal.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
03/10/2016Circular 3247Seguro laboral (Ley 16.744)IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL D.S.N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. EXENCIONES, REBAJAS Y RECARGOS DE LA COTIZACIÓN ADICIONAL DIFERENCIADA DE LA LEY N° 16.744. DEROGA Y REEMPLAZA LAS CIRCULARES QUE INDICA.Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud.
22/06/2015Circular 3127Seguro laboral (Ley 16.744)D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. INSTRUYE SOBRE DIFUSIÓN DE REQUISITOS PARA ACCEDER A REBAJA Y MEDIOS PARA ACREDITAR SU CUMPLIMIENTO.Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 40, de 1969; del Ministerio del Trabajo; D.S. N° 57, de 1969, del Ministerio del Trabajo; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo.
15/06/2012Circular 2835Seguro laboral (Ley 16.744)RESOLUCIONES DE INCAPACIDAD LABORAL. REITERA INSTRUCCIONES A LAS COMISIONES DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N°s 1822, DE 2000 Y 1928, DE DE 2001.Ley N° 16744; D.S.N° 67, de 1999, del Ministerio del Trababjo y Previsión Social.
01/07/2011Circular 1822Seguro laboral (Ley 16.744)EXENCIONES, REBAJAS Y RECARGOS DE LA COTIZACIÓN ADICIONAL DIFERENCIADA DE LA LEY N° 16.744. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.Ley N° 16744; D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N°110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
05/06/2009Circular 2529Seguro laboral (Ley 16.744)D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS SEREMIS DE SALUD, AL INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL Y A LAS MUTUALIDADES.Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20255; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
01/08/2003Circular 2068Seguro laboral (Ley 16.744)D.S. N° 67 de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Imparte instrucciones a los Servicios de Salud, al Instituto de Normalización Previsional y a las Mutualidades.Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
14/07/2003Circular 2065Seguro laboral (Ley 16.744)D.S. N°67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS DE SALUD Y LAS MUTUALIDADES.Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
29/04/2002Circular 1989Seguro laboral (Ley 16.744)Proceso de Evaluación del D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Complementa Circular N° 1973. Imparte instrucciones a los Servicios de Salud.D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744
22/02/2002Circular 1973Seguro laboral (Ley 16.744)Proceso de Evaluación del D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Instruye a los Servicios de Salud realizar Nuevas Notificaciones a Entidades Empleadoras en los casos que se indican.Ley N° 16744; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
21/09/2001Circular 1934Seguro laboral (Ley 16.744)IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACION DEL D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL COMPLEMENTA CIRCULAR N° 1822, DE 2000 y MODIFICA CIRCULAR N° 1920, DE 2001,Ley N° 16744; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
30/08/2001Circular 1928VariosRESOLUCIONES DE INCAPACIDAD LABORAL. REITERA INSTRUCCIONES A LAS COMISIONES DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ DE LOS SERVICIOS DE SALUD CONTENIDAS EN CIRCULAR N° 1822, DE 2000.D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744
02/08/2001Circular 1920Seguro laboral (Ley 16.744)IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. COMPLEMENTA CIRCULARES N°s. 1796, 1807, 1822, TODAS DE 2000, y 1916 DE 2001.Ley N° 16744; Ley N° 19720; D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 285, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
03/05/2000Circular 1807Seguro laboral (Ley 16.744)COMPLEMENTA CIRCULARES N°S. 1.796 Y 1.800 DEL AÑO 2000. REMITE NUEVO FORMATO DE PLANILLA DE DECLARACIÓN Y PAGO DE COTIZACIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES.Ley N° 16744; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
11/04/2000Circular 1800Seguro laboral (Ley 16.744)Complementa Circular N° 1796, del año 2000. Decreto Supremo N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Remite formato de Planillas de Declaración y pago de Cotizaciones a las Mutualidades de Empleadores.Ley N° 16744; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
21/03/2000Circular 1796Seguro laboral (Ley 16.744)RECARGOS, REBAJAS Y EXENCIONES DE LA COTIZACIÓN ADICIONAL DE LA LEY N° 16744. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DISPUESTAS EN EL DECRETO SUPREMO N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16744.Ley N° 16744; Ley N° 17322; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 173, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
08/07/2003Dictamen 23912-2003Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744

Circulares citadas

1928

Vea además:

Dictámenes SUSESO