Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 13511-1994

.

Fecha: 14 de diciembre de 1994

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL

Fuentes: Ley Nº 16.744


Para efectos de los estudios que está realizando esta Superintendencia respecto de las empresas con administración delegada del seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la Ley Nº 16.744, se solicita a Ud. proporcionar la información que se indica a continuación, relativa a la garantía que en conformidad con el artículo 72 letra c) de la citada ley, han debido constituir las referidas empresas.

a) Valor nominal de la garantía constituida y fecha en la que se constituyó;

b) Monto de los reajustes devengados al mes de diciembre del presente año;

c) Monto de los intereses generados por la inversión de la garantía al mes de diciembre del presente año;

d) Valor actual de la garantía, y

e) Institución del mercado de capitales e instrumento financiero en que está invertida actualmente la garantía.

Las empresas para las cuales se deberá proporcionar la información indicada, son las siguientes:

- A,B,C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, M, N, Ñ.

Atendida la importancia de la información solicitada, agradecerá a Ud. arbitrar las medidas que sean necesarias para que ésta sea remitida a esta Superintendencia a más tardar el día 28 de diciembre de 1994.

TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744