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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 7590-1989

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Fecha: 27 de septiembre de 1989

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: COMISION DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE

Fuentes: D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud


Un trabajador ha recurrido a esta Superintendencia reclamando en contra de esa Comisión Médica, por haberle rechazado la licencia médica otorgada por el período comprendido entre el 18 y el 30 de abril de 1989, por incumplimiento del reposo.

Expresa que el día que fue visitado en su domicilio, tuvo que asistir a su madre que se encontraba enferma y sola.

Requerida esa Comisión ha informado que la licencia médica de que se trata fue rechazada por incumplimiento del reposo, ya que al efectuarse la visita domiciliaria el 25 de abril de 1989, a las 10:30 horas, no se encontró al paciente y se dejó citación a control médico, al que no concurrió.

Sobre el particular, cabe señalar que el Departamento Médico de esta Superintendencia procedió a estudiar los antecedentes y citó al interesado de que se trata, habiéndolo examinado el 17 de julio de 1989. Con los exámenes de laboratorio se acreditó la existencia de una enfermedad aguda hepática, cuyo tratamiento fundamental es el reposo. Sin embargo, la evolución clínica y su ecografía hepática, demuestran que el hecho de haber suspendido el reposo transitoriamente, no alteró la recuperación del paciente. Por otra parte, de los antecedentes se desprende que al 25 de abril pasado, al momento de la visita domiciliaria, el interesado no se encontraba cumpliendo el reposo, por lo que procede que ese Servicio de Salud modifique su resolución de rechazo, reduciendo la licencia hasta el 25 de abril de 1989 inclusive, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
30/09/1986Dictamen 7590-1986Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3.500, de 1980