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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 9854-1988

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Fecha: 24 de noviembre de 1988

Tema: VARIOS

Destinatario: MINISTRO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Fuentes: D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 105, de 1987, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 57, de 1988, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 88, de 1988, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. Nº 9853, de 1988, de la Superintendencia de Seguridad Social


Se hace necesario modificar el Programa del Fondo Unico de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía para el año 1988, aprobado por D.S. Nº 105, de 1987 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y modificado por el D.S. Nº 57, de 1988 y el D.S, Nº 88, de 1988, en trámite, ambos de ese Ministerio, ya que los recursos destinados al pago de subsidios por reposo maternal e indemnizaciones resultan insuficientes para el presente año y los pagos correspondientes a asignación familiar y subsidios de cesantía han sido adecuados al gasto probable de este año, como también ha sido necesario destinar a gasto en beneficios las partidas establecidas para gasto de instalación de nuevas Cajas de Compensación de Asignación Familiar y la provisión para mayores gastos en beneficios.

Conforme a lo señalado en el punto anterior, se propone al Sr. Ministro la dictación del Decreto Supremo que se adjunta, el cual se refiere a las siguientes materias:

a) Modifica el gasto presupuestado de las instituciones incorporadas en el Programa del Fondo sobre la base de la información estadística-financiera enviada por éstas hasta el mes de septiembre pasado y de una estimación para los meses de octubre a diciembre que considera la información histórica más las expectativas de crecimiento que para cada una de ellas se determinó.

El resultado de lo anterior arroja aumentos de $ 1.851.706.- (miles) en subsidios por reposo maternal y por permiso por enfermedad grave del hijo menor de 1 año y $ 31.330.- (miles) en indemnizaciones y una disminución de $ 156.970.- (miles) en asignación familiar y $ 399.066.- (miles) en subsidios de cesantía.

b) Considerando el período transcurrido del presente año, se ha eliminado el monto presupuestado en provisión para mayores gastos en beneficios y para gastos instalación de Cajas de Compensación de Asignación Familiar nuevas de $ 65.000.- (miles) y $ 28.000.- (miles), respectivamente, los que se distribuyen entre las instituciones como gasto en beneficio.

c) Las modificaciones anteriores que se proponen han dado como resultado un aumento del aporte fiscal de $ 1.234.000.- (miles).

d) Se modifica en el Anexo del Programa del Fondo Unico de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía el nombre del Instituto de Seguros del Estado por I.S.E. De la compañía que lo administra.. Asimismo se ha procedido a modificar el nombre de la ISAPRE en cuestión ya que actualmente se denomina de otra manera.

Consecuentemente con lo expresado, se modifica el presupuesto del Fondo Unico de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía y el Anexo de éste, en la forma y en las cantidades que se indican.

Para completar los antecedentes de la modificación del Programa del Fondo Unico de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía que se propone y para una mayor claridad se acompañan cuadros por Sistemas que contienen las cifras en que se modifican los montos presupuestados inicialmente y que dan origen al nuevo Anexo.

Temas

Varios

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