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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 9189-1985

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Fecha: 08 de agosto de 1985

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE

Fuentes: D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud


Ese Servicio de salud, en el ejercicio de sus atribuciones, deberá precisar la data en que la empleadora recepcionó el formulario de Licencia Médica de parte de la recurrente. Asimismo, deberá aclarar si pertenece a ésta la firma estampada en el punto 7.3 de la sección Nº7 del citado documento.
Si una vez realizado dicho trámite se constatare que en la especie la interesa entregó la licencia referida dentro de la vigencia de la misma, ese Servicio de Salud, al tenor de lo dispuesto en el artículo 56 del D.S. Nº3, deberá calificar si los motivos que causaron el retraso constituyen a su jucio, caso fortuito o fuerza mayor y procederá a autorizarla o a mantener su rechazo, según corresponda