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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 5413-1985

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Fecha: 08 de mayo de 1985

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL

Fuentes: D.F.L. Nº 338, de 1960; Ley Nº 16.781


Consta que la Caja de Previsión de Empleados Particulares, empleadora de la interesada, declaró que el accidente de trayecto que ésta sufrió el 26 de mayo de 1983 fue en acto de servicio.
Habida consideración a lo anterior y a que las lesiones que dicho siniestro ocasionó a la recurrente han sido decisorias en la invalidez que presenta, debe entenderse que ésta es consecuencia del aludido accidente en acto de servicio.
En virtud de lo anterior, la Compin de ese Servicio de Salud deberá dictar una Resolución de reemplazo de la objeto del presente recurso, en la que declare la invalidez de la interesada en los términos expresados en el cuerpo del presente Dictamen

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
27/06/1986Dictamen 5413-1986Cajas de Compensación D.F.L. Nº 42, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social