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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 11585-1984

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Fecha: 14 de diciembre de 1984

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: MINISTRO DE EDUCACION

Fuentes: D.S. Nº 75, de 1974; D.F.L. Nº 150, de 1981


Atendido lo dispuesto en el artículo 26º del D.S. Nº 75, de 1974, corresponde a esa Secretaría de Estado remitir a este Organismo de Control, con la periodicidad que allí se indica, la nómina de los establecimientos de enseñanza de carácter estatal o que se encuentran reconocidos por el Estado para los efectos de los beneficios contemplados en dicho cuerpo legal. Lo anterior permite inferir, a juicio de esta Superintendencia, que es facultad de ese Ministerio conformar la referida nómina de establecimientos, y calificar la instrucción que allí se imparte.
En consecuencia, si la enseñanza que se otorga a los alumnos a que se refiere la consulta Alumnos del Consejo Nacional de Instituciones Privadas de Formación Superior, debe ser considerada en concepto de ese Ministerio, entre los cursos a que se refiere el artículo 3º letra b) del D.F.L. Nº 150, de 1981, estos educandos podrían ser causantes del beneficio de asignación familiar, en la medida que cumplan con los demás requisitos que exige la legislación vigente sobre la materia