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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 955-1983

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Fecha: 24 de marzo de 1983

Tema: VARIOS

Destinatario: SUBSECRETARIO DE PREVISION SOCIAL

Fuentes: D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


Respuesta Gobernador Provincial Concepción.
No se considera la posibilidad de extender el período de percepción del subsidio de cesantía más allá de los 360 días. Se funda el hecho de que el beneficio actualmente se financia con recursos fiscales y sólo cubre una parte de la población desempleada

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
30/01/1990Dictamen 955-1990Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Ley Nº 18.566; Ley Nº 18.768; D.L. N° 3.500, de 1980; Ley Nº 18.717; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 3, de 1981, del Ministerio de Salud
16/03/1978Dictamen 955-1978Asignación familiar D.L. N° 307, de 1974; D. N° 75, de 1974, Previsión

Temas

Varios

Vea además:

Dictámenes SUSESO