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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2985-1981

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Fecha: 04 de diciembre de 1981

Tema: SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Destinatario: CCAF

Fuentes: D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


No es procedente anticipar la remesa de fondos a las CCAF. a objeto de cubrir lo déficit que se puedan presentar en la administración de los subsidios por incapacidad laboral, ya que se conformidad al art. 24º del DFL. Nº 44, de 1978, M. del T. y P.S., sólo se permite la cobertura de los déficit que resulten de dicha administración

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
01/04/1992Dictamen 2985-1992Seguro laboral (Ley 16.744) D.S. Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 16.744