Dictamen 2131-1981
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Los alumnos del centro educacional "A" de la ciudad no pueden ser invocados como causantes de asignación familiar, debido a que no se encuentra dicho establecimiento reconocido por el Estado.
Fecha: 26 de agosto de 1981
Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR
Destinatario: UNA CAJA DE PREVISIÓN
Fuentes: D.L. Nº 307, de 1974; D.S. Nº 75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Concordancia con Oficios: Oficio Ord. Nº 3426, de 1980, de la Superintendencia de Seguridad Social
Los alumnos del centro educacional "A" de la ciudad no pueden ser invocados como causantes de asignación familiar, debido a que no se encuentra dicho establecimiento reconocido por el Estado.