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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2400-1980

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Fecha: 24 de julio de 1980

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: Ley Nº 16.744


La Mutualidad ha procedido ajustada a derecho al suspender el pago del subsidio que pagaba al recurrente por el reposo que dispuso para el recurrente mientras se recuperaba de una lesión producida por accidente del trabajo, porque pudo comprobar que éste durante el reposo que se le prescribiera trabajó para otro empleador, infringiendo de ese modo el art. 33 de Ley 16744.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
28/04/1987Dictamen 2400-1987Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; Ley Nº 16.395
TítuloDetalle
Artículo 33Ley 16.744, artículo 33