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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2906-1979

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Fecha: 03 de octubre de 1979

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS

Fuentes: Ley N° 11.764; D.F.L. N° 338, de 1960; D. N° 44, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


Los funcionarios de esa Superintendencia de Bancos, afiliados al Bienestar del Personal, tienen derecho a una ayuda de vacaciones contemplada en el reglamento respectivo de hasta 2 y medio sueldos vitales mensuales, anualmente. Los funcionarios a quienes, por razones del servicio se les posterguen legalmente sus vacaciones, por lo cual tendrán derecho a dos feriados acumulados al año siguiente, tienen derecho también a la asignación de vacaciones elevadas al duplo

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
23/03/1993Dictamen 2906-1993Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; D.S. Nº 173, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social