Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1627-1979

.

Fecha: 13 de junio de 1979

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Fuentes: Ley Nº 16.744; D. Nº 173, de 1970, Previsión; D. Nº 110, de 1968, Previsión; Ley Nº 16.395


Propone proyecto de decreto que modifica el Decreto 173, de 1970 a fin de obviar por esa vía los conflictos de interpretaciones que se han producido entre los organismos administradores del seguro de ley 16744. En efecto, esa norma señala que las empresas a las que se les haya aplicado recargo de cotización adicional no podrán cambiar la afiliación a otro organismo mientras subsistan las causas que originaron el recargo; algunos entienden que para que proceda el cambio la empresa debe llegar a la cotización que fija el Decreto 110, de 1968 para la actividad y otros que bastaría cualquier disminución de la tasa de riesgo. La Superintendencia envía un proyecto con la primera alternativa que, a su juicio, es la que se desprende con mayor claridad de la norma cuestionada.

TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744