Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1959-1978

.

Fecha: 31 de mayo de 1978

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: Ley Nº 16.781; Ley Nº 10.475; D.L. Nº 307, de 1974


Los beneficiarios de pensión de orfandad de la Caja Empart tienen derecho a asistencia médica, de acuerdo con el art 1 de ley 16781. En cambio, no pueden ser causantes de asignación familiar, por si mismos, por cuanto son los titulares de dicha pensión.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
10/01/2012Dictamen 1959-2012Créditos socialesCapacidad de endeudamiento - Crédito social - Endeudamiento - TasaLey N° 18833
11/02/1994Dictamen 1959-1994Servicios de Bienestar D.S. Nº 369, de 1985, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18.469; Ley Nº 16.395
28/02/1992Dictamen 1959-1992Licencias médicas  
27/02/1985Dictamen 1959-1985Asignación familiar Ley Nº 14.157; Ley Nº 18.095; D.L. Nº 3.500, de 1980
TítuloDetalle
Artículo 1ley 16.781, artículo 1