Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1673-1978

.

Fecha: 05 de mayo de 1978

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: DIRECCIÓN DE VIALIDAD V REGIÓN

Fuentes: Ley Nº 16.744


Informa petición de esa Dirección de Vialidad para que la Superintendencia se pronuncie sobre si el accidente que sufrió un obrero transitorio de ese Servicio es accidente del trabajo o no, haciendo presente que, en conformidad con el Art 6 de la ley 16744, le corresponde pronunciarse sobre tal materia al organismo administrador respectivo, esto es, al Servicio de Seguro Social.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
02/03/1988Dictamen 1673-1988Licencias médicas D.S. Nº 3, de 1984, Ministerio de Salud; Código Civil
TítuloDetalle
Artículo 6Ley 16.744, artículo 6