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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 830

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Circular no aplicable a los organismos administradores de la Ley N° 16.744 / Incluida en el Compendio

Circular no aplicable a las C.C.A.F. / Instrucciones incorporadas en el Compendio.

Fecha: 17 de junio de 1983

Materia: IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE CONVENIOS CON BANCOS, INSTITUCIONES FINANCIERAS Y CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR, SOBRE DECLARACIÓN Y PAGO DE COTIZACIONES, DIVIDENDOS Y OTROS, PARA EL PAGO DE PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL, COMO ASIMISMO A AQUELLOS QUE SE CELEBREN CON ENTIDADES DEL ESTADO O PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PÚBLICO PARA EL PAGO DE BENEFICIOS, ESTABLECIENDO LA OBLIGACIÓN DE ELEVAR EL PROYECTO DE CONVENIO EN CONSULTA A ESTA SUPERINTENDENCIA.

Tema: CCAF,VARIOS

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: Ley N° 18833; Ley N° 18220; Ley N° 16395; D.F.L. N° 115, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 90, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 104, de 1979, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 49, de 1973, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3536, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Departamento(s): JURÍDICO

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
11/03/1992Dictamen 2350-1992Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 17.322; Ley Nº 16.744

Circulares citadas

830

Circular relacionada al Seguro Laboral

Circulares históricas previas al Compendio

Vea además:

Circulares de SUSESOCircular 830