Fiscalizar el proceso de otorgamiento de crédito social del RND (registro de Deudores de Pensiones de Alimentos), en cumplimiento del artículo 28 de la Ley Nº21.389 y numeral 3.9, del Título IX del Compendio de Normas de Cajas de Compensación.
Esta fiscalización busca verificar que las Cajas de Compensación cumplan con la retencion establecida en la Ley N° 21.389 y en el numeral 3.9 del Compendio, que instruye retener parte de los créditos sociales otorgados a personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. El objetivo es constatar que existan mecanismos de control en el proceso de evaluación y otorgamiento de créditos sociales que permitan consultar oportunamente el registro y retener parte de los creditos sociales otorgados, protegiendo el principio de legalidad y la finalidad de la normativa.
Metodología general de la fiscalización
La metodología de fiscalización contempla la revisión de expedientes de solicitudes de crédito social, identificando si se realizaron las consultas pertinentes al RND previo al otorgamiento. Se analizan los sistemas internos de control que permiten validar esta condición, así como los reportes generados en relación con las solicitudes retenidas por encontrarse el solicitante inscrito en el registro. Finalmente, se revisa la trazabilidad del procedimiento, verificando que las Cajas mantengan registros de las validaciones efectuadas y que se apliquen medidas correctivas cuando existan incumplimientos.