Ir al contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Cotización Adicional Requisitos para acceder a la rebaja o exención Proceso 2025

El 1° de julio de 2025 se dará inicio a un nuevo proceso de evaluación de su siniestralidad efectiva para la determinación de la tasa de cotización adicional para el Seguro de la Ley N°16.744, que usted deberá pagar a contar del año 2026. Este proceso de evaluación comprenderá el período que se extiende desde el 1° de julio de 2022 al 30 de junio de 2025. La tasa de cotización total que usted deberá pagar a partir del próximo año, corresponderá a la suma de la cotización básica del 0,9%, y la cotización adicional que se le fije, ambas calculadas sobre la remuneración imponible de sus trabajadores.

Requisitos para acceder a la rebaja o exención

Si la tasa de cotización adicional determinada conforme a su siniestralidad efectiva, es inferior a la vigente, usted podrá acceder a la rebaja o exención de dicha tasa, si acredita ante su organismo administrador, el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Encontrarse al día en el pago de las cotizaciones del Seguro de la Ley N°16.744

Esto supone tener pagadas hasta las cotizaciones correspondientes a las remuneraciones del mes de junio de 2025.

¿Cómo se acredita este requisito?

No requiere acreditación. Sin embargo, si su organismo administrador le informa que usted adeuda las cotizaciones de determinados meses, deberá acreditar su pago presentado las copias de las planillas de declaración y pago correspondientes. En todo caso, las cotizaciones adeudadas, podrán pagarse hasta el 31 de diciembre del año 2025.

¿Quiénes deben cumplir este requisito?

Todas las entidades empleadoras.

b) Mantener en funcionamiento un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (SGSST) durante el periodo comprendido entre el 1° de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025

¿Cómo se acredita?

Si el organismo administrador le informa que debe acreditar el cumplimiento de este requisito, deberá hacerlo mediante una declaración simple del representante legal de la entidad (Ver modelo de declaración simple del funcionamiento del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo).

A dicha declaración se deberá acompañar una copia de los siguientes documentos:

  1. Política de seguridad y salud en el trabajo, elaborada o actualizada entre el 1° de julio de 2022 y el 30 de junio de 2024.
  2. Diagnóstico de situación, que considere la autoevaluación de cumplimiento de aspectos legales (ver documento de autoevaluación inicial de cumplimiento de aspectos legales) y la identificación de peligros y evaluación de riesgos, elaborado o actualizado entre el 1° de julio de 2022 y el 30 de junio de 2024, y
  3. Programa de trabajo, elaborado o actualizado entre el 1° de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024, que contemple actividades realizadas entre el 1° de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025.

Aun cuando al momento de completar la "Autoevaluación inicial de cumplimiento de aspectos legales", usted señale contar con el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad; cumplir con la obligación de informar a sus trabajadores sobre los riesgos laborales que entrañan sus labores, y con la constitución y funcionamiento del o de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, que se señalan en su sección "Aspectos I. Organización de la prevención de riesgos", deberá también acreditar dentro de los plazos establecidos que, con posterioridad a dicha autoevaluación, continúa cumpliendo o cumple con los instrumentos preventivos que le son exigibles. Para ello deberá presentar:

  • Las copias de las actas de constitución de todos los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad que se hayan constituido o renovado desde entonces;
  • Una declaración jurada simple suscrita por el representante legal de la entidad empleadora, donde señale que el o los Comités Paritarios se encuentran en funcionamiento, y
  • Un informe, carta o declaración jurada simple, también suscrita por su representante legal, donde indique que se mantiene vigente el reglamento interno de higiene y seguridad y que se ha cumplido con la obligación de informar a todos los trabajadores acerca de los riesgos de sus labores.

Para estos efectos, podrá utilizar los formatos de las declaraciones juradas que le sean proporcionadas por el respectivo organismo administrador.

¿Quiénes deben cumplir este requisito?

Todas las entidades empleadoras.

Importante

Si usted acredita los requisitos que le son exigibles hasta el 31 de octubre de 2025, la rebaja o exención regirá a contar del 1° de enero del 2026. Si lo hace después del 31 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2025, regirá a contar del 1° del tercer mes siguiente a aquél en que haya acreditado el cumplimiento de todos los requisitos.

Descargue aquí:

Ficha autoevaluación inicial de cumplimiento de aspectos legales Declaración simple funcionamiento Sistema de Gestión SST