¿Se puede apelar de la resolución de incapacidad permanente que emita la mutualidad?
Sí, se puede reclamar ante la Comisión Médica de Reclamos (COMERE) dentro del plazo de 90 días hábiles, contado desde la notificación de la resolución impugnada.
Sí, se puede reclamar ante la Comisión Médica de Reclamos (COMERE) dentro del plazo de 90 días hábiles, contado desde la notificación de la resolución impugnada.