Suseso imparte instrucciones para la aplicación del presupuesto 2026 del Seguro Laboral
La normativa establece límites mínimos para gastos en prevención, máximos a los gastos de administración y la obligación de mantener reservas, con el fin de asegurar un uso eficiente de los recursos para la protección para de las y los trabajadores.
09 de abril de 2026
La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) emitió la Circular N°3915, que imparte instrucciones a las mutualidades (ACHS, Mutual de Seguridad, IST), Instituto de Seguridad Laboral (ISL) y empresas con administración delegada, sobre cómo se debe aplicar el presupuesto 2026, del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Ley 16.744), con el objetivo de asegurar su correcto uso y funcionamiento.
El documento establece reglas claras para los organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744, y a todas las entidades que intervienen en la ejecución de su presupuesto anual.
Entre los principales puntos, se indica que las mutualidades e ISL deberán:
- Destinar al menos un 16% de sus ingresos a acciones que busquen evitar accidentes y enfermedades en el trabajo, reforzando la prevención de riesgos laborales.
- Respetar un máximo de hasta un 7% de sus ingresos por el seguro laboral para gastos de administración.
- Mantener una reserva de fondos del 2% de los ingresos anuales por el seguro, para enfrentar eventuales contingencias, garantizando la continuidad de las prestaciones para las personas trabajadoras.
- Destinar un monto de sus ingresos para financiar proyectos de investigación e innovación en prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Estas instrucciones rigen desde el 2 de abril de 2026, para la ejecución del presupuesto anual y buscan garantizar que los recursos del seguro se utilicen de manera eficiente, priorizando la prevención de riesgos laborales y la adecuada protección de las y los trabajadores.