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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ministerio del Trabajo y Previsión Social conmemora 8 años de la Ley de Inclusión Laboral

“Como gobierno tenemos una convicción muy clara: Chile necesita crecer, necesita crear empleo, pero ese crecimiento tiene que ser inclusivo”, señaló el titular de la cartera, Tomás Rau.

01 de abril de 2026

El ministro del Trabajo y Previsión Social, Tomás Rau, junto al subsecretario del Trabajo, Gustavo Rosende, encabezaron este miércoles la conmemoración de los 8 años de la entrada en vigencia de la Ley de Inclusión Laboral.

En dependencias de la secretaría de Estado, el ministro Rau señaló que "hace 8 años, Chile dio una señal importante: que el trabajo no puede seguir siendo un espacio donde algunos quedan fuera por condiciones que nada tienen que ver con su capacidad o su esfuerzo".

En ese sentido valoró que la Ley 21.015 fue un cambio de mirada, donde "hemos avanzado. Hoy hay más personas con discapacidad participando del mundo laboral -casi 120 mil contratos desde 2018 a febrero de 2025-, más empresas comprometidas y mayor conciencia de que la diversidad no es un problema, sino una fortaleza. Pero también es cierto que no basta con eso".

La autoridad afirmó que uno de los principales desafíos que existe como país es lograr una mayor inclusión, entregar mayores oportunidades a las personas con discapacidad, no quedarse con el cumplimiento de la cuota que exige la normativa, tanto en el sector público como en el privado.

"Como gobierno tenemos una convicción muy clara: Chile necesita crecer, necesita crear empleo, pero ese crecimiento tiene que ser inclusivo. No sirve cualquier empleo si deja a personas atrás. Porque, al final, la inclusión laboral no es solo una política pública. Es una señal de qué tipo de sociedad queremos construir", afirmó.

El subsecretario Gustavo Rosende, por su parte, explicó que, si bien se han suscrito cerca de 120 mil contratos a la fecha, es una cifra baja considerando que solo el 40% de las personas con discapacidad en edad laboral tiene empleo en Chile. Además, solo el 18% de los contratos corresponde a nuevos puestos creados en el marco de la ley, mientras que la mayoría responde a regularización de empleos ya existentes.

En ese escenario planteó que "uno de los principales desafíos hoy es la falta de información: solo el 36,4% de las empresas reporta su cumplimiento. Y sin datos, el Estado pierde capacidad de fiscalizar, evaluar y mejorar la política pública".

En la conmemoración también participaron el director nacional del Trabajo, David Oddó; la superintendenta (s) de Seguridad Social, Patricia Soto; la jefa de administración y finanzas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Patricia Contreras; el director general (s) de la Dirección Nacional de Crédito Prendario (Dicrep), Juan Andrés Troncoso; la directora ejecutiva de Alianza In, Marcela Sabat; la directora de incidencia de Fundación Ronda, María José Escudero, y el fundador y gerente general de Fundación Miradas Compartidas, Felipe (Pipo) Olavarría, quien asistió junto a dos trabajadores con discapacidad que forman parte del taller gastronómico de la organización.

Aspectos de la ley

Cabe recordar que la Ley 21.015, vigente desde abril de 2018, establece la obligación que empresas del mundo privado y organismos de la Administración del Estado que tengan 100 o más trabajadores contratados, cuenten con al menos el 1% de trabajadores con discapacidad o personas asignatarias de pensión de invalidez, con el objetivo de abordar los desafíos que plantea su inserción en el mundo laboral.

Además, las empresas deben:

  • Contar con un gestor de inclusión laboral certificado.
  • Tener políticas internas de inclusión y diversidad.
  • Implementar programas de capacitación en inclusión.
  • Disponer de un protocolo de ambientes laborales inclusivos.
  • Ajustar sus procesos de reclutamiento y selección.
  • Incorporar medidas de inclusión en el reglamento interno.

Asimismo, cada año, en enero, las empresas deben reportar a la Dirección del Trabajo el cumplimiento de estas obligaciones, incluyendo dotación, contratos, gestor y políticas.

En el caso de que no pueden cumplir con la contratación directa, la ley permite vías alternativas, solo por razones fundadas (las cuales fueron mayoritariamente utilizadas al comienzo de la vigencia de la ley):

  • Contratos de servicios con empresas que empleen personas con discapacidad.
  • Donaciones a entidades vinculadas a inclusión laboral.

Estas alternativas están hoy más restringidas: requieren justificación técnica (naturaleza de funciones o falta de postulantes) y deben cumplir condiciones formales estrictas.

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