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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ahora la licencia médica electrónica es obligatoria para activar la Ley Sanna

A partir de enero de este año, las y los trabajadores que requieran hacer uso de la Ley Sanna deberán contar, en forma obligatoria, con una licencia médica en formato electrónico, según lo instruyó la Superintendencia de Seguridad Social.

02 de enero de 2026

El seguro para el acompañamiento de niños y niñas en condiciones graves de salud, conocido como Ley Sanna (N°21.063), ya tiene 8 años de existencia y este mes se agregó como requisito obligatorio para iniciar su tramitación la generación de una licencia médica específica en formato electrónico, excluyendo la versión papel de dicho documento.

Este instrumento legal permite a las personas ausentarse del trabajo para cuidar a un hija o hijo que esté afectado de cáncer, haya sufrido un accidente grave, se encuentre en UCI o UTI, o esté en la fase terminal de la vida, recibiendo un subsidio que reemplaza su sueldo, financiado por una cotización del 0,03% de las remuneraciones.

Este seguro permite a ambos padres ausentarse a la vez, a diferencia de la ley de maternidad, y se tramita a partir de licencias médicas específicas, gestionadas por COMPIN y pagadas por las mutualidades o ISL.

También pueden acogerse a esta ley la persona que tenga el rol de cuidador o cuidadora, debidamente acreditado.

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